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Resumen
El enfoque diferencial de género se ha consolidado en la actualidad como uno de los temas más relevantes en la construcción de sociedades más justas y equitativas, al visibilizar diversas formas de discriminación que históricamente han llevado a la exclusión de personas por razón de su condición diferencial. En este contexto, el ordenamiento penal colombiano no ha sido ajeno a este propósito, y ha avanzado en la construcción de un marco jurídico orientado a garantizar la aplicación del enfoque diferencial. Dicho avance normativo cobra sentido y validez en la medida en que se sustenta tanto en disposiciones internas como en instrumentos internacionales que conforman el bloque de constitucionalidad. Entre estos se destacan la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969, aprobada mediante la Ley 16 de 1972, y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada mediante la Ley 51 de 1981. A nivel interno, leyes como la 1257 de 2008, la 1753 de 2015 y la 1955 de 2019, entre otras, constituyen pilares fundamentales del desarrollo legislativo en la materia. Este artículo de reflexión tiene como objetivo examinar el tratamiento jurisprudencial del enfoque diferencial de género en el derecho penal colombiano, con énfasis en las interpretaciones y tensiones presentes en los casos de violencia basada en género durante la última década. La metodología empleada se basa en un enfoque cualitativo, mediante una técnica de análisis documental. Una de las principales conclusiones indica que la jurisprudencia debe continuar avanzando hacia procesos más equilibrados y coherentes cuando se trata de violencia basada en género, garantizando una interpretación judicial que incorpore de manera efectiva el enfoque diferencial.
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